Telecracia vs. democracia /II-VI
Javier Esteinou Madrid
En el proceso histórico de formación del Estado-nación a través de sus diversas fases de evolución histórica fue definitivo que éste se consolidara maduramente con sus respectivos instrumentos de poder, pues la actuación del Estado lleva consigo necesariamente la existencia de órganos de poder, sin los cuales no le es posible darle la vida. Por consiguiente, todo ello, exigió que el Estado mexicano gradualmente se dotara de los elementos de poder rector necesarios para conducir exitosamente a la sociedad mexicana a lo largo de las décadas.
En este sentido, para darle concreción y fuerza al Estado mexicano, éste se conformó gradualmente con los elementos estructurales de poder necesarios para ejercer su naturaleza como un órgano rector central del resto de la sociedad.
Por ello, los factores históricos propios que constituyeron al Estado mexicano a lo largo de sus diversas etapas de evolución por la que atravesó su consolidación histórica fueron, entre otros, los nueve siguientes: contar con un territorio, una población, una forma de gobierno establecida, una organización jurídica, una capacidad de aplicación legítima de la fuerza o de la coerción, una lengua o idioma, una cultura o ideología, una identidad, una moneda de intercambio económico, etc. con los cuales se produjo una forma histórica específica de soberanía, integración, identidad y hegemonía política para gobernar el país.
De esta forma, a través del afianzamiento de cada una de las diversas realidades constitutivas de la naturaleza y de la estructura del Estado-nación mexicano, este cobró forma histórica específica en las distintas fases de evolución por las que éste osciló. Así, retomando los elementos tradicionales constitutivos del Estado en general, constatamos que en su última fase de consolidación histórica a partir de 1917 el Estado mexicano de la Tercera República Nacional quedó conformado con diversos elementos de poder que paulatinamente le dieron vida específica, en cada uno de los ciclos por los que evolucionó.
No obstante la conformación histórica de la realidad estatal de la Tercera República convencional en México con sus diversos elementos de poder constitutivos para gobernar al país, este proceso no fue estático, ni rígido, ni definitivo, sino se transformó activamente en base al ritmo del surgimiento de las nuevas fuerzas de poder que emergieron en la nación y que modificaron la estructura hegemónica tradicional de ésta mediante la evolución de cada uno de sus elementos de poder conformadores de la gobernabilidad.
En consecuencia, para entender con claridad la realidad del Estado-nación mexicano en el siglo XXI es necesario abandonar las posiciones ideológicas doctrinarias u oficialistas que han definido al mismo actuando como camisas de fuerza mental para entender éste nuevo suceso histórico en la fase moderna de la historia nacional y hay que reconocer que éste hecho no es una realidad acabada, sino que es un producto social en constante mutación que se ha edificado de forma distinta según han sido los diversos momentos de progreso por los que han atravesado la combinación de las fuerzas de poder dominante que definen el proyecto de dirección del la sociedad mexicana.
En este sentido, siguiendo la lógica constitutiva del Estado moderno podemos decir que en la medida en que un sector o grupo social de poder son capaces de crear los mismos elementos rectores básicos que conforman al Estado clásico, como son contar con un territorio, una población, un aparato de gobierno, una organización jurídica, una capacidad de aplicación de la fuerza o de la violencia, una legitimidad, una lengua, una cultura, una identidad, una hegemonía, una forma de obtener recursos económicos, una moneda, etc; ésta entidad se convierte de facto en parte constitutiva del Estado real.
De esta forma, ya sean reconocidos doctrinariamente o no por la teoría tradicional establecida sobre el mismo o por los “representantes oficiales” del Estado formal (abogados, ministros, juristas, magistrados de la Corte, legisladores, etc.); en la realidad cotidiana tales entidades de fuerza pasan a formar parte de facto del Estado concreto o del Estado real que funciona eficazmente todos los días en nuestras vidas.
Dicha nueva transformación puede darse bajo dos modalidades: por una parte, en la medida en que sólo se modifican algunos de sus elementos constitutivos la nueva entidad de poder que surge se convierte en una nueva área o faceta de ampliación del Estado tradicional concreto sin que llegue a alcanzar el grado de consolidación de un nuevo Estado maduro; y por otra parte, en la proporción en que se transforman la mayoría de sus factores conformadores avanzando como instancias regidoras de la sociedad, dan origen a otro nuevo tipo de Estado concreto de naturaleza mestiza o mezclada o hibrida con sus propios elementos de fuerza y funciones específicas que cambian la estructura propia del Estado jurídico convencional.
La contundencia de acción del nuevo Estado o de una nueva rama postiza que se crea de este, según sea uno u otro caso, dependerá del grado de evolución que alcancen cada uno de los elementos estructurales que configuran el Estado como entidad rectora del conjunto social. Es decir, quedará en función del nuevo nivel de afianzamiento que obtenga la consolidación de su territorio, de su población, de su capacidad de aplicación de la violencia genuina, de su legitimidad jurídica, de su aparato de gobernabilidad, de su cultura, de su ideología, de su moneda, etc. como nuevos elementos de poder rector para gobernar al conjunto social.
Este fenómeno significa que en la medida en que evolucionen sólidamente en conjunto tales elementos de poder público rectores, estaremos ante el surgimiento de un nuevo Estado concreto o sólo frente a un nuevo rasgo estructural del mismo que impactarán relevantemente sobre el proceso global de la dirección del país, sobre la formación de la hegemonía, sobre la maduración de la gobernabilidad y sobre la definición del proyecto de desarrollo nacional, colocando en cuestión la existencia pura del Estado jurídico convencional que se creó desde las etapas de la Independencia y la Revolución en México.
Nota aclaratoria
En la edición impresa 3076, del 27 de mayo de 2012, esta serie de artículos se inició con el título principal de “Telecracia o democracia”, a la vez que el nombre de la misma serie fue el de “El surgimiento del Estado nación mexicano/I-VI”. A partir de esta segunda parte, se corrigen las “cabezas” y el título de la serie será el de “Telecracia vs. democracia”, y el título principal será el que corresponda a cada entrega.
La Redacción.
