Soldados (y marinos) de calidad humana

A los militares deben juzgarlos los tribunales militares, pero exclusivamente cuando esos elementos castrenses cometan delitos y faltas contra la disciplina militar. En todos los demás casos, los militares, sin importar el grado o el cargo, tienen que ser juzgados por tribunales no militares. Si un militar no paga pensión alimenticia a su familia, las leyes aplicables serán las de la materia familiar, y el juez será de lo familiar.