jimenez

Colosal desvío de poder

La interpretación que los ministros de la segunda sala de nuestro máximo tribunal hicieron del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, el proyecto de reforma laboral en materia de conflictos del trabajo y el TPP o acuerdo transpacífico, tienen un denominador común: todos ellos son instrumentos jurídicos total y definitivamente regresivos puesto que a través suyo se está contraviniendo flagrantemente la prohibición que tienen los Estados de reducir los niveles de protección de los derechos o derogar los ya existentes.