Congreso protege “Ley Chayote”
El Congreso tuvo tres meses para regular jurídicamente esta realidad después de la orden contundente de la Suprema Corte, decidió desestimar
El Congreso tuvo tres meses para regular jurídicamente esta realidad después de la orden contundente de la Suprema Corte, decidió desestimar
e esta forma, para avanzar en la edificación de una nueva democracia es indispensable que el régimen de la Cuarta Transformación modifique la añeja vinculación perversa que durante muchas décadas se tejió entre Estado y los medios.
Esta política ocasionó que se pasara de la dadiva del “macro chayote” a la entrega del “mini chayote”, que finalmente impulsó a los medios de comunicación simpatizantes con la 4-T.
No se puede olvidar que la democracia se nutre de la presencia de la diversidad y la pluralidad de concepciones existentes en el seno de una República. Por ello, en una democracia.
A través del desarrollo intensivo de la carretera de la información, emergieron en México otras modalidades de comunicación colectiva como las redes sociales
Hugo López-Gatell, anunció el fin del modelo de comunicación gubernamental de salud basado en la difusión de ruedas de prensa diarias para reportar la situación de la pandemia en la República mexicana.
Una sexta contradicción, se incorporó cuando la “Conferencia Mañanera” como parte del Aparato Ideológico del Estado mexicano se convirtió en una la entidad legitimadora que definió unilateralmente lo que es “verdad”.
Hoy, México vive una guerra informativa de alta intensidad protagonizada por dos grandes polos que se enfrentan.
A través de ello, se pretendió iniciar no solo un cambio de gobierno administrativo, sino comenzó un ensayo para intentar producir una mutación del régimen político de México en el siglo veintiuno.
Todo ello construyó comunicativamente un país esquizofrénico donde la narrativa, la propaganda, el discurso, la oratoria y las cifras oficiales, no representaron las dolorosas circunstancias que enfrentó la población en tierra.
Con el fin de encarar el fenómeno de la pandemia del Covid-19 en México, el gobierno federal de la Cuarta Transformación a través de la Secretaría de Salud se enfrentó a la necesidad de conocer de forma precisa dicha realidad epidémica.
En tales comicios participarán 94,800,000 ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral, ante lo cual lo cual se requerirá instalar 161,000 casillas de votación, preparar a 50,000 capacitadores electorales e invertir por lo menos 7,226,000 de pesos para realizarla.
Dichos pronunciamientos de especialistas expusieron en el terreno de la difusión, entre otras, las siguientes catorce modificaciones que deben incorporarse en la esfera del modelo de comunicación.
Entre los principales rumores o fake news que circularon vía audios, videos, redes sociales y de “boca a boca” que aprovecharon las debilidades, los resquicios y las limitaciones del sistema de comunicación oficial de salud.
El conjunto de estas situaciones erráticas ocasionó que la estrategia de comunicación del gobierno mexicano de la 4-T en materia sanitaria se convirtiera en un proceso desconcertante, incoherente, con mensajes poco claros.
Frente a la realización de dicha peligrosa osadía política desesperada de Donald Trump algunos medios de comunicación norteamericanos reaccionaron interrumpiendo la difusión de su mensaje.
En una idea, transformó vertiginosa y radicalmente la vida contemporánea para crear otra etapa de convivencia y actividad colectiva para la cual la sociedad no estaba preparada, pero tuvo que adaptarse rápidamente para sobrevivir.
Ubicado en perspectiva histórica, este hecho fue el capítulo más reciente de un largo proyecto del reciente gobierno de la Cuarta Transformación (4-T) para intentar someter al pensamiento crítico y las repercusiones que este produce.
La disminución de los tiempos fiscales fue una añeja pero latente demanda del empresariado de la radiodifusión desde la década de los 80 del siglo XX que sólo buscó anteponer sus criterios de rentabilidad comercial privada.
Dicho tejido normativo ordenó el desempeño de la comunicación política electoral, especialmente al subrayar en el Artículo 6º de la Constitución Política Mexicana que “se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.